Inversores
La Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia, dejó sin contenido los artículos 63 a 67 de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización, que regulaban el visado y autorización de residencia para inversores. Sin embargo, la Disposición Transitoria segunda de dicha Ley Orgánica permite la renovación de visados y autorizaciones para inversores, conforme a la normativa vigente en la fecha de concesión de la autorización inicial.
En este marco, corresponde a la Dirección General de Política Comercial y Seguridad Económica la emisión de informes para la renovación del visado o la autorización de residencia en los supuestos del derogado artículo 63.2. c) y 63.3 de la Ley 14/2013:
- Informe sobre el mantenimiento de los requisitos que motivaron la emisión de un informe favorable para un proyecto de interés general.
- Informe cuando la inversión la hubiese realizado una persona jurídica domiciliada en un territorio que no tenga la consideración de paraíso fiscal conforme a la normativa española.
Documentos necesarios
Los inversores que precisen dicho informe para la tramitación de la renovación del visado o de la autorización de residencia deberán aportar, junto con la solicitud correspondiente, la documentación que acredite el mantenimiento de los requisitos exigidos:
- En el supuesto de proyectos empresariales de interés general, se deberá acreditar que se sigue cumpliendo al menos alguna de las condiciones de interés general, de acuerdo con la normativa vigente en la fecha de la concesión inicial
- En el caso de inversiones mediante persona jurídica, se deberá acreditar que el solicitante extranjero posee, directa o indirectamente, la mayoría de sus derechos de voto y la facultad de nombrar o destituir a la mayoría de los miembros de su órgano de administración.
En caso de que la documentación aportada no resulte suficiente para constatar el cumplimiento de los requisitos exigidos, la Dirección General de Política Comercial y Seguridad Económica podrá requerir la aportación de los documentos que considere necesarios para la valoración de los requisitos exigidos.
¿Dónde solicitar el informe para la renovación?
Informe para la renovación de visado y de autorización de residencia: En la Dirección General de Política Comercial y Seguridad Económica.
¿Dónde solicitar la renovación del visado o la autorización de residencia?
- Visado: En las Misiones Diplomáticas y Oficinas Consulares.
- Autorización de residencia: en la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.


